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¿Sabe usted si la planilla de viaje ocasional se debe portar física o digital?

  • Foto del escritor: AT, Abogados de Transporte
    AT, Abogados de Transporte
  • 28 jul 2019
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 30 jul 2019



¿Sabe usted si la planilla de viaje ocasional se debe portar física o digital?


RTA: El Ministerio de Transporte expidió la Resolución N° 0002433 del 22 de junio de 2018 “Por la cual se reglamenta el procedimiento para la expedición, control y registro en línea de la Planilla Única de Viaje Ocasional para los vehículos de Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Individual de Pasajeros en Vehículos Taxi, de Pasajeros por Carretera y Mixto, se incorpora el trámite con su respectiva tarifa en el Registro Nacional Automotor (RNA) del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y se dictan otras disposiciones”, se refirió al respecto en los siguientes términos:


Artículo 10 (...) Parágrafo 1. Control de las Autoridades de Tránsito. El sistema RUNT deberá permitir a las autoridades de control el acceso en línea y tiempo real y sin ningún costo a la información relacionada con las Planillas Únicas de Viaje Ocasional mediante sistema HQ-RUNT o servicios web.

(...)

Parágrafo 3. Porte de la Planilla. La Planilla Única de Viaje Ocasional deberá ser presentada por el conductor del vehículo a las autoridades de control en vía en formato físico o digital.


Fuente: Boletín Ristra 154.

 
 
 

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