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Mintransporte actualiza el RUNT de vehículos mal matriculados.

  • Foto del escritor: AT, Abogados de Transporte
    AT, Abogados de Transporte
  • 18 sept 2019
  • 2 Min. de lectura

Actualizado: 20 sept 2019



El día de hoy (18/09/2019) el Ministerio de Transporte informó que  se realizó la actualización de la información contenida en el Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT y  en el Registro Nacional de Despachos de Carga - RNDC, en la que se incluyeron los vehículos que presentan omisión en su registro inicial, matriculados entre el 01 de enero de 2009 y el 13 de noviembre de 2018, los cuales ascienden a 3.229.


La actualización se llevó a cabo considerando el vencimiento del plazo y las verificaciones y análisis de documentos que fueron recibidos en el correo saneamiento@mintransporte.gov.co que se indicó en las circulares del 28 de febrero, 11 de abril y 10 de mayo, del 2019, publicadas en la página del Ministerio de Transporte.

Los interesados podrán consultar en los siguientes links el estado de su(s) vehículo(s): 


Para los vehículos que presenten omisión en su registro inicial se podrá adelantar el trámite de Normalización que se estableció en la Resolución 3913 del 27 de agosto de 2019, dentro del término de dos años, contados a partir de su expedición.


El trámite de normalización puede realizarse a través del RUNT utilizando las opciones: Normalización por Desintegración, Normalización por Cancelación del valor de la Caución o Normalización con Certificado de Cumplimiento de Requisitos – CCR.


Vale la pena resaltar que para efectos de la contratación y expedición del manifiesto de carga  los generadores  o las empresas de transporte habilitadas para la prestación del servicio en la modalidad, deberán consultar en el RUNT y el RNDC y verificar que los vehículos a contratar no presentan omisiones en su registro inicial, ya que, quienes contraten vehículos con anotación, al igual que las sociedades portuarias que los enturnen, serán investigados por parte de la Superintendencia de Transporte.


De igual forma, la prestación del servicio de transporte de carga sin portar el manifiesto origina la inmovilización de los automotores, lo cual debe ser objeto de control por parte de las autoridades de policía.


Fuente: Ministerio de Transporte.

 
 
 

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