top of page

PROCEDIMIENTO PARA AJUSTAR EN EL RUNT LAS CARACTERÍSTICAS DE VEHÍCULOS DE 2 EJES

  • Foto del escritor: AT, Abogados de Transporte
    AT, Abogados de Transporte
  • 21 mar 2019
  • 4 Min. de lectura



Por medio del presente, la firma AT ABOGADOS DE TRANSPORTE, se permite rendir informe y análisis jurídico de la Resolución 1082 del 19 de marzo de 2019 expedida por el Ministerio de Transporte por medio de la cual se establece el procedimiento para ajustar y/o completar en el sistema RUNT Las características de Los vehículos rígidos de dos (2) ejes destinados al transporte de carga.

En ese sentido, se dispone que:

1. Plazo: El propietario del automotor, el locatario o su apoderado podrá solicitar que se ajusten y/o completen en el sistema RUNT las características de los vehículos de 2 ejes, en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles contados a partir del día 20 de marzo de 2018. (Artículo 2)

El proceso de estandarización debe encontrarse culminado dentro de los seis (6) meses contados a partir del día 20 de marzo de 2018; momento desde el cual, las autoridades usaran la información registrada para verificar los límites de pesos.

2. Procedimiento para ajustar y/o complementar información: El propietario del automotor, el Locatario o su apoderado deberá solicitar que se ajusten y/o completen los datos de la Ficha Técnica de Homologación, marca, línea, cilindraje, carrocería, modelo, capacidad de carga y/o Peso Bruto Vehicular consignados en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), de acuerdo al siguiente procedimiento (Artículo 3):

2.1 Se solicitará ante el Organismo de Transito donde fue registrado el vehículo que se ajuste y/o complete la información consignada en el sistema HQ-RUNT.

2.2 El Organismo de Tránsito deberá verificar que en la carpeta del vehículo, se encuentre La Ficha Técnica de Homologación del chasis y la respectiva declaración de importación.

2.3 El Organismo de Tránsito deberá validar que la información contenida en la declaración de importación corresponda con La contenida en la Ficha Técnica de Homologación del chasis que reposa en la carpeta del vehículo.

- ¿Qué ocurre si no se tiene esa información?

- En caso que el vehículo no cuente con La Ficha Técnica de Homologación del chasis por ser un vehículo registrado antes de la expedición de la Resolución 7800 del 14 de noviembre de 1995, y/o Declaración de Importación, el Organismo de Tránsito solamente podrá realizar el ajuste de la información, cuando esta pueda extraerse de alguno de los siguientes documentos que reposen en la carpeta del vehículo:

· Certificado Individual de Aduana.

· Certificado de Empadronamiento.

· Resolución de homologación y/o formato de homologación,

· Resoluciones de cambio de servicio

· Resoluciones que aprueban cambios de carrocería.

Una vez el Organismo de Tránsito valide la información, expedirá el acto administrativo mediante el cual se ajustan y/o completan los datos solicitados por el propietario.

3. Ausencia total de documentos: En caso de que no existan ninguno de los documentos descritos, el Organismo de Tránsito deberá, bajo su responsabilidad, emitir una certificación debidamente codificada y suscrita, dirigida a la Superintendencia de Transporte, con copia al propietario, donde conste que de ninguno de los documentos de la carpeta es posible extractar la información del peso bruto vehicular, o de marca y línea.

En ese caso, se debe seguir el siguiente procedimiento (Artículo 4):

3.1 El propietario del vehículo, el locatario o su apoderado, deberá:

a) Presentar la certificación emitida por el Organismo de Tránsito donde se certifica la inexistencia de documentos, junto con la solicitud de inspección ante la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional - DIJIN, quienes verificarán la licencia de transito del vehículo y, en caso que sea posible, emitirán Certificación Técnica de Identificación de Automotores en la que conste como mínimo la Línea y marca del vehículo, documento que servirá como sustento para la corrección y actualización del Peso Bruto Vehicular por parte del Organismo de Tránsito.

b) Presentar la certificación emitida por el Organismo de Tránsito donde se certifica la inexistencia de documentos, junto con la solicitud al ensamblador, importador o representante de marca, para que le expida un documento debidamente suscrito por el representante legal o a quien este delegue, en donde consten las características propias del automotor, el cual deberá contener como mínimo la información de la línea y la marca con la cual fue importado, ensamblado y matriculado en su momento.

3.2 Una vez se cuente con alguna de las dos certificaciones antes descritas, y que permita como mínimo identificar su marca y línea, deberá allegada al Organismo de Tránsito donde se encuentre matriculado el vehículo.

3. 3 El organismo de tránsito respectivo verificará la documentación aportada y con base en ella emitirá el acto administrativo mediante el cual se ajustan y/o completan los datos. En caso de que no se haya logrado establecer el dato de Peso Bruto Vehicular, el Organismo de Tránsito asignará un Peso Bruto Vehicular presuntivo de conformidad con la tabla que para tal fin publique el Ministerio de Transporte.

4. Actualización en el Sistema RUNT QR (Artículo 5): Los Organismos de Tránsito donde se encuentre matriculado el vehículo, deberá registrar la información a que se refiere la resolución en la plataforma HQRUNT, dentro de los cinco (5) días siguientes a la firmeza del acto administrativo, con los respectivos soportes en archivo digital.

5. Vehículos matriculados con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1131 de 2009: Si el peso bruto vehicular resultante de la aplicación de lo previsto en la resolución supera los 10.500 kilogramos, para que proceda el ajuste y/o complementación en el RUNT, deberá solicitar y contar con concepto previo favorable de la Dirección de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte, allegando para tal fin, la respectiva ficha técnica de homologación y la declaración de importación del vehículo.

 
 
 

Entradas recientes

Ver todo

Comments


  • Icono social LinkedIn
  • Facebook icono social
  • Icono social Twitter
  • Google + - círculo blanco
  • Instagram
bottom of page