La Obligatoriedad de las Cintas Retrorreflectivas comienza a regir a partir del 03 de mayo de 2019.
- AT, Abogados de Transporte
- 27 mar 2019
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Conforme lo establecido en el artículo 3 de la Resolución 3246 del 03 de agosto de 2018, se estableció como obligatoria la implementación de las cintas retrorreflectivas en un plazo de 3 meses a partir del día siguiente de la publicación de la referida Resolución, es decir a partir del 03 de noviembre de 2018.
Posteriormente, el Ministerio de Transporte, por medio de la Resolución 4919 del 25 de octubre de 2018 establece en su artículo 1° lo siguiente:
"Prorrogar por seis (6) meses más el plazo para instalar y usar las cintas retrorreflectivas, establecido en el artículo 3 de la Resolución 3246 de agosto 3 de 2018 del Ministerio de Transporte"
Ello quiere decir, que la Resolución que prorroga el plazo le suma 6 meses más a la obligatoriedad de las cintas retrorreflectivas, y que todos los vehículos de los que trata el artículo 1 de la Resolución 3246 del 03 de agosto de 2018 deben portar dichas cintas a más tardar el día 03 de mayo de 2019.
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